Derechos Fundamentales en el Ámbito Laboral: Una Garantía para el Trabajador
- El Pretor

- 25 oct 2024
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 4 feb

Los derechos fundamentales son aquellos derechos y libertades que posee toda persona simplemente por ser humano. Estos derechos están reconocidos y garantizados por el ordenamiento jurídico, lo que implica que toda persona tiene derecho a disfrutar de ellos sin distinción. En el contexto laboral, esto es especialmente relevante, ya que todo trabajador, por el hecho de ser persona, es titular de derechos fundamentales en su lugar de trabajo.
En Chile, los trabajadores pueden recurrir a los Juzgados del Trabajo mediante el juicio de Tutela Laboral si consideran que uno o más de sus derechos fundamentales han sido vulnerados. Esta acción judicial es un recurso valioso que protege a los trabajadores de posibles abusos y garantiza el respeto a sus derechos.
A continuación, se detallan algunos de los derechos fundamentales que los trabajadores chilenos tienen garantizados por la legislación laboral:
Derecho a la vida y a la integridad física: Todo trabajador tiene derecho a que su vida y su integridad física sean protegidas en el entorno laboral, especialmente si su vulneración es consecuencia directa de actos ocurridos durante la relación laboral.
Respeto a la vida privada y a la honra: La legislación protege la vida privada y la honra del trabajador y su familia, asegurando que estos aspectos sean respetados dentro y fuera del ámbito laboral.
Inviolabilidad de las comunicaciones privadas: Se garantiza la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada, protegiendo así la intimidad del trabajador en sus interacciones personales.
Libertad de conciencia y de culto: Los trabajadores tienen derecho a la libertad de conciencia, a manifestar sus creencias y a ejercer libremente cualquier culto, sin que esto sea objeto de discriminación o represalias.
Libertad de expresión: La legislación chilena garantiza la libertad de emitir opinión e informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio.
Libertad de trabajo y elección: Los trabajadores tienen el derecho a escoger libremente su ocupación, con la garantía de que ninguna clase de trabajo puede ser prohibida, salvo las excepciones estipuladas en la Constitución.
Protección contra la discriminación: Se prohíben los actos discriminatorios, tal como se establece en el artículo 2 del Código del Trabajo, protegiendo así a los trabajadores de cualquier tipo de trato desigual.
Libertad sindical y negociación colectiva: Los trabajadores tienen derecho a organizarse en sindicatos y a negociar colectivamente, sin obstáculos indebidos por parte de los empleadores.
Garantía de indemnidad: Los trabajadores no deben ser objeto de represalias por ejercer su derecho a fiscalizar las condiciones laborales, ni por participar como testigos en acciones judiciales relacionadas con su trabajo.
Prohibición de prácticas antisindicales: Se prohíben las prácticas antisindicales o desleales en la negociación colectiva, asegurando que los trabajadores puedan organizarse y negociar sin temores ni represalias.
Estos derechos son fundamentales para la dignidad y el bienestar de los trabajadores. Al conocer y defender sus derechos, los trabajadores no solo protegen su integridad, sino que también contribuyen a un ambiente laboral más justo y equitativo. La tutela de estos derechos es esencial para fomentar una cultura de respeto y dignidad en el trabajo, lo que beneficia no solo a los empleados, sino también a los empleadores y a la sociedad en su conjunto.




Comentarios